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La epidemia de la peste de 1681 en Úbeda (III)

Luis Juan Gómez

en Gavellar. Año VI, nº 64. Marzo de 1979, p.

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Al llegar el verano, el índice de mortandad aumenta vertiginosamente. En el mes de julio, 360 personas se vieron afectadas por la epidemia y de ellas murieron 214, según se desprende de las puntuales relaciones que sobre la enfermedad hacia el alcalde, don Juan Montero Espinosa, en su correspondencia diaria. El 13 de junio, la ciudad hacía una relación de sus miserias al rey, informándole, entre otras cosas, que desde hacía tiempo sólo se consumía pan de centeno y cebada. Entre tanto, en la Corte, el duque de Alburquerque realiza gestiones en nombre de las autoridades de Úbeda con el fin de obtener ayuda económica: «...passé a representar a algunos de los señores ministros del Consejo Real el travajoso estado en que se hallava esa república mediante las calamidades que ocasionaban la epidemia que padecía y, sin embargo, de la estrecheza de los tiempos apareció atender a la raçón que asiste a Vs. de que resultó concederle... 6.000 ducados que doi noticia a Vs. 12 de agosto de 1681. Madrid». Del 9 de agosto es la orden del rey al corregidor de Jaén y administrador general de las rentas reales, disponiendo que se haga efectiva la entrega de la citada cantidad, aunque «obligándose la ciudad como en la forma acostumbrada a remplazarlos de sus propios o arbitrios después que haia cessado el contaxio».

La noche del 24 de julio se produce un gravisimo incidente que supone el choque frontal entre el Ayuntamiento apoyado por la nobleza, y el clero. Esa noche, el alcalde mayor con varios regidores, escribanos, alguaciles y un cerrajero se presentan en las casas que habitan don Francisco Ruiz, alférez presbítero canónigo de Santa María, y al prior don Juan de Quesada y toman por la fuerza quince mil reales pertenecientes a estos clérigos y al obispo de Jaén en concepto de venta de los granos de los diezmos (1).

El cronista Ruiz Prieto en su «Historia de Úbeda» —obra que, sin duda, constituye uno de los más completos e importantes estudios historiográficos acerca de nuestra ciudad— encuentra el motivo del escándalo en la actitud del clero ubetense, que no supo estar a la altura de las circunstancias, como reflejan las numerosas amonestaciones que recibieron los clérigos por parte de sus superiores, constatadas en los libros de visitas de las iglesias.

El conflicto entre ambos estamentos venía de lejos y había tenido otros precedentes no menos escandalosos, que analizaremos en próximas colaboraciones en GAVELLAR y que suponían una predisposición hostil entre nobles y clérigos, que vino a desatarse con máxima virulencia aquel año de desgracias de 1681. Hoy nos atendremos a considerar las distintas versiones que sobre los sucesos del 24 de julio tenemos.

La querella criminal presentada por el fiscal eclesiástico del obispado de Jaén dice lo siguiente: «...porque los susodichos (alcalde y regidores), pospuesto el temor de Dios nuestro Señor con grabe cargo de sus almas y conciencias en perjuicio grabe de la Jurisdición eclesiástica y con desprecio..., la noche del día que se contaron beinticuatro de Jullio pasado del presente año con grande estrépito y ruido y inquietud y escándalo a la una, poco más o menos, de la dicha noche llegaron a las cassas donde de presente hacen su morada el maestro D.... y el licenciado D.... y ablando llamado a grandes y desiguales golpes, al mucho ruido y alboroto, se asomó a una rexa el dicho canónigo y preguntado quién llamaba a su puerta a aquellas oras o qué quería, dijeron los otros querellados que abriese a el alcalde mayor, a que respondió el susodicho no abro a la Justicia Real sino viene el señor vicario y a su ynstancia y ruego de los caballeros con que dicha Justicia Real yban, y asegurándole que no le bendria perjuicio alguno ni daño a su casa ni persona, con cortés atención y obligado de lo que abían dicho abrió la puerta y con ymbasión y grande acometimiento y excesos allanaron las cassas del dicho eclesiástico, llevando un cerraxero con ynstrumentos de descerraxar, quebrantar y abrir con fuerça y violencia puertas y cofres y demás partes donde hubiere dinero, con protesto de que era para socorrer al ospital, según se lo dio a entender la dicha Real Justicia, a lo que respondió el dicho canónigo que no tenía dineros porque abía dado cien ducados para ayuda al sustento de los pobres, a que respondió el dicho señor alcalde mayor no se alterque en eso que no me contento con quinientos doblones, y mandando subiese al cerraxero y quebrante las puertas, biendo el eclesiástico la resolución y porque no pasase a otras demostraciones con que significaba su desafuero le ofreció quinientos y no queriéndolos continuó los excesos...» Y así hasta llegar a la cantidad de 16.000 reales antes citada. El juez eclesiástico don Marcos Antonio de Argamasilla dictamina que: «... dentro de dos días primeros siguientes a la notificación del presente vuelvan, restituyan y entreguen las cantidades que refiere la dicha querella que biolentamente tomaron... so pena de sentencia de excomunión mayor». Posteriormente, añade que si persisten las autoridades en su actitud: «... se declare a los notificados rebeldes en las dichas censuras y se les agrabe y rreagrabe hasta de anatema».

La otra parte en el conflicto —el alcalde y los regidores— sostuvieron en todo momento que el dinero se había tomado en concepto de préstamo para sufragar los cuantiosos gastos que ocasionaba el hospital de Santiago, en plena epidemia, por lo cual se había extendido a los interesados que comprometía e las autoridades de Úbeda a devolver la cantidad intervenida en cuanto les fuera posible.

Luis JUAN GÓMEZ

(I) El diezmo era una contribución que los campesinos habían de pagar a la Iglesia, y que consistía en la décima parte de la cosecha obtenida.